Ramírez Arroyo, Rafael MauricioPegorari Rodríguez, Carla LorenaYui Punin, Marcos MartínSala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria ManufactureraOrganismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental2025-10-102025-10-102018-12-14Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera. Tribunal de Fiscalización Ambiental (2014). Resolución N° 433-2018-OEFA/TFA-SMEPIM. OEFA.https://hdl.handle.net/20.500.12788/2298La Resolución N° 463-2018-OEFA/TFA-SMEPIM del Tribunal de Fiscalización Ambiental confirma la responsabilidad administrativa de Import Export Pesca y Agricultura S.R.L. por no realizar monitoreos ambientales de efluentes y ruido en abril de 2015, tal como lo exigía su Estudio de Impacto Ambiental. I. Decisión del Tribunal: 1. Confirmó la responsabilidad de Import Export: Aclaró que la transferencia de la licencia de operación se hizo efectiva en 2017, posterior a las infracciones, por lo que la responsabilidad recaía en Import Export -- 2. Rechazó la eximente de responsabilidad por subsanación: Estableció que la conducta de realizar monitoreos tiene naturaleza instantánea, y que monitoreos posteriores no subsanan la infracción original, ya que los datos de un momento determinado no pueden ser reemplazados -- 3. Desestimó la vulneración de principios: Consideró que la DFAI actuó dentro de su competencia y que la decisión estuvo debidamente motivada y fundamentada -- 4. Desestimó la vulneración del principio de razonabilidad: No se impuso ninguna sanción en esta instancia, por lo que el argumento era improcedente. II. Precedente de Observancia Obligatoria: El considerando 55 de la resolución se declaró precedente administrativo de observancia obligatoria, estableciendo que la conducta de realizar monitoreos ambientales es de naturaleza instantánea y no es subsanable, lo que impide la aplicación de la eximente de responsabilidad por subsanación voluntaria.application/pdfspainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/Industria pesqueraProtección ambientalSupervisión ambientalImport Export Pesca y Agricultura S.R.L.Resolución N° 463-2018-OEFA/TFA-SMEPIMhttp://purl.org/coar/resource_type/1YTN-RJZEhttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01