Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental. Tribunal de Fiscalización AmbientalPostigo De la Motta, Lenin WilliamChirinos Cubas, Jose AugustoOlano Martinez, Francisco JoseRojas Montes, Veronica VioletaChavarry Rojas, Hector Adrian2026-06-122026-06-122013-03-27Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental. Tribunal de Fiscalización Ambiental. (2013, 27 de marzo). Resolución N° 082-2013-OEFA/TFA.https://hdl.handle.net/20.500.12788/2802La Resolución N.° 082-2013-OEFA/TFA analiza el recurso de apelación presentado por la empresa minera Nyrstar Áncash contra una sanción impuesta por exceder los Límites Máximos Permisibles (LMP) en efluentes minero-metalúrgicos. El Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA examina cuestiones relacionadas con el debido procedimiento, la legalidad de los puntos de monitoreo utilizados durante la supervisión y la configuración del daño ambiental. La resolución concluye que las autoridades pueden realizar monitoreos en puntos no previstos expresamente en los instrumentos ambientales cuando ello sea necesario para verificar el cumplimiento de la normativa. Asimismo, desarrolla un criterio relevante sobre el concepto de daño ambiental, y establece que el exceso de los LMP en efluentes minero-metalúrgicos constituye un menoscabo material al ambiente con efectos negativos actuales o potenciales y, por tanto, configura daño ambiental. En consecuencia, confirma la sanción impuesta a la empresa y consolida un precedente importante para la fiscalización ambiental minera en el Perú.application/pdfspainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Procedimiento administrativo sancionadorObligaciones ambientalesInfracciones ambientalesLímites permisiblesDaño ambientalResponsabilidad por daños ambientalesAguas residuales industrialesContaminación del aguaIndustria mineraResoluciones administrativasFiscalización ambientalResolución N° 082-2013-OEFA/TFAhttp://purl.org/coar/resource_type/1YTN-RJZEhttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01