Comunidades en DSpace
Seleccione una comunidad para explorar sus colecciones.
Envíos recientes
Sobre la propuesta enviada por la Procuraduría Pública Especializada Supranacional en atención a la sentencia de Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas del caso Habitantes de la Oroya vs. Perú
(Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, 2024-10-01) Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental. Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas; Alegría Zevallos, Miriam
El informe analiza la respuesta del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) a la propuesta de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional sobre las entidades responsables del cumplimiento de las medidas ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso Habitantes de La Oroya vs. Perú. El documento delimita las competencias institucionales del OEFA en materia de evaluación, supervisión, fiscalización y sanción ambiental. Respecto de los puntos resolutivos de la sentencia, el OEFA acepta continuar los procedimientos en trámite y las acciones de fiscalización que correspondan. Sin embargo, no acoge la propuesta de establecer un sistema de alerta sobre la calidad del suelo y agua en La Oroya, señalando que continuará sus acciones vinculadas principalmente con la fiscalización de la calidad del aire. Asimismo, precisa que la aprobación de estándares internacionales, permisos administrativos, instrumentos de gestión ambiental y planes de compensación corresponde a otras entidades, aunque puede fiscalizar obligaciones ambientales aprobadas. Finalmente, informa que cuenta con sistemas de vigilancia ambiental en determinadas zonas y proyecta ampliar progresivamente la red nacional de monitoreo de la calidad del aire y del agua.
Información de las acciones de supervisión en la unidad fiscalizable Complejo Metalúrgico de La Oroya de Metalurgia Business Perú S.A. en relación a la sentencia del caso habitantes de La Oroya vs. Perú, emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos
(Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, 2025-01-17) Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental. Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas; Alegria Zevallos, Miriam
El informe detalla las acciones de fiscalización del OEFA en el Complejo Metalúrgico de La Oroya (CMLO), operado por Metalurgia Business Perú S.A.A., tras el reinicio de sus operaciones en marzo de 2024. El documento responde a requerimientos sobre la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso habitantes de La Oroya. Entre finales de 2024 y la fecha del informe, el OEFA registró tres superaciones al Estándar de Calidad Ambiental (ECA) para aire en el parámetro dióxido de azufre y múltiples excesos en los estados de alerta. Ante esto, la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas (DSEM) realizó cinco acciones de supervisión para analizar las excedencias y verificar el cumplimiento de las obligaciones. Asimismo, el OEFA mantiene operativa desde 2016 una estación fija de monitoreo del aire en La Oroya Antigua, cuyos resultados se publican de acceso abierto en el Portal Interactivo de Fiscalización Ambiental (PIFA). Por otra parte, la DSEM ha dictado medidas administrativas mediante cuatro Resoluciones Directorales, identificando incumplimientos en las medidas preventivas impuestas previamente al anterior titular Doe Run Perú. Respecto a los procedimientos administrativos sancionadores, la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos (DFAI) es la responsable de tramitarlos. Contiene el siguiente Anexo I. Estado de fiscalización de los procedimientos administrativos sancionadores vinculados al "Complejo Metalúrgico de La Oroya – CMLO", al 15 de enero de 2025.
Solicitud de elaboración de diagnóstico de línea base para determinar el estado de contaminación ambiental en la ciudad de la Oroya
(Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, 2025-01-27) Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental. Dirección de Evaluación Ambiental; Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental. Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas; Fajardo Vargas, Lázaro Walther; Uriarte Ortiz, Alex Santiago; Alegría Zevallos, Miriam
Este informe técnico detalla las acciones ambientales del OEFA en el Complejo Metalúrgico La Oroya (CMLO), emitido tras la solicitud del Ministerio del Ambiente (MINAM) para elaborar un diagnóstico de línea base frente a una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El documento aclara el alcance de las funciones del OEFA, precisando que sus labores de evaluación y supervisión no contemplan la remediación ni la adopción de medidas de descontaminación de áreas afectadas. No obstante, provee datos de monitoreo como insumo para el plan de acción del MINAM. Respecto a la evaluación del aire, desde 2016 opera una estación fija que vigila continuamente el dióxido de azufre y parámetros meteorológicos en la zona. Sobre la evaluación del agua, se reseña un estudio de calidad de agua superficial y sedimentos en la cuenca del río Mantaro efectuado entre 2015 y 2016. Finalmente, en supervisión ambiental, la Dirección de Supervisión en Energía y Minas (DSEM) registra 46 acciones de supervisión al CMLO desde el 2010; de las 41 concluidas, 38 derivaron en informes por presuntos incumplimientos normativos y se han dictado medidas administrativas mediante cuatro resoluciones directorales.
Identificación de pasivo ambiental del subsector hidrocarburos con código de Ficha OEFA F01505, ubicado en el Lote VII/VI (ex Lote VII), en el distrito de La Brea de la provincia Talara del departamento de Piura
(Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, 2015-03-31) Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental. Subdirección de Evaluación de la Calidad Ambiental. Unidad de Identificación de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos; Oshiro Shimabukuro, Jessica Candy; Guillén Pantigozo, Carlos Allen
El informe técnico detalla la identificación del pasivo ambiental del subsector hidrocarburos registrado con Ficha OEFA F01505. Se ubica en el Lote VII/VI (ex Lote VII), distrito de La Brea, provincia de Talara y departamento de Piura. Consiste en un pozo mal abandonado y el suelo contaminado circundante, con código PERUPETRO T_971. El pozo inactivo se encontró abierto, en un hoyo, sin válvulas ni cabezal, y con revestimientos cortados a nivel de superficie. Fue perforado en el año 1920 por la empresa London Pacific. De acuerdo con la revisión documentaria, el pozo fue clasificado por PERUPETRO como un pozo ATA (abandono temporal) con código de intervención 2A; es decir, con abandono temporal, en el año 2002. La evaluación del OEFA se realizó el 9 de agosto de 2014. Los hallazgos detallan que el aire no registró emisiones gaseosas perceptibles, mientras que el suelo evidenció contaminación por hidrocarburos, superando los Estándares de Calidad Ambiental para uso agrícola en las fracciones F2 y F3. Las conclusiones determinaron niveles de riesgo medio para la salud, la seguridad de la población y la calidad del ambiente. Contiene los siguientes anexos: 1. Registro fotográfico, 2. Ficha para la identificación de pasivo ambiental en el subsector hidrocarburos (OEFA), 3. Mapa de ubicación geográfica, 4. Reporte de monitoreo de suelo, 5. Informe de ensayo de laboratorio, 6. Ficha de información de pozo (Fuente: Estudio PERUPETRO), 7. Ficha de identificación de Pasivos Ambientales del OSINERGMIN.
Identificación de pasivo ambiental del subsector hidrocarburos con código de Ficha OEFA F01502, ubicado en el Lote VII/VI (ex Lote VII), en el distrito de La Brea de la provincia Talara del departamento de Piura
(Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, 2015-01-31) Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental. Subdirección de Evaluación de la Calidad Ambiental. Unidad de Identificación de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos; Oshiro Shimabukuro, Jessica Candy; Guillén Pantigozo, Carlos Allen
El informe técnico detalla la identificación del pasivo ambiental del subsector hidrocarburos registrado con Ficha OEFA F01502. Se ubica en el Lote VII/VI (ex Lote VII), en el distrito de La Brea, provincia de Talara y departamento de Piura. El pasivo ambiental consiste en un pozo mal abandonado, con código PERUPETRO T4681, y el suelo contaminado circundante. Físicamente, el pozo se encontró inactivo, abierto al ambiente, sin válvulas ni cabezal, con el casing de producción cortado y corroído, y dentro de un hoyo de 0,45 metros de profundidad. La perforación se realizó en el año 1955 por la empresa IPCo. De acuerdo con la revisión documentaria, el pozo fue clasificado por PERUPETRO como un pozo con abandono temporal (ATA) con código de intervención 2A. El OEFA realizó la evaluación en campo el 9 de agosto de 2014. En los hallazgos y conclusiones detalladas, se determinó que no se percibieron emisiones gaseosas en el aire ni afloramientos líquidos directos. Sin embargo, el suelo circundante está contaminado con hidrocarburos, ya que los análisis de laboratorio revelaron que las concentraciones de las fracciones F2 y F3 superan los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para suelo de uso agrícola. Los niveles de riesgo estimados para este pasivo ambiental fueron clasificados como medio para la salud, medio para la seguridad de la población y medio para la calidad del ambiente. Contiene los siguientes anexos: 1. Registro fotográfico, 2. Ficha para la identificación de pasivo ambiental en el subsector hidrocarburos (OEFA), 3. Mapa de ubicación geográfica, 4. Reporte de monitoreo de suelo, 5. Informe de ensayo de laboratorio, 6. Ficha de información de pozo (Fuente: Estudio PERUPETRO), 7. Ficha de identificación de Pasivos Ambientales del OSINERGMIN.







