Informe de evaluación ambiental para la identificación del sitio impactado por actividades de hidrocarburos con código S0376, microcuenca PAS-16, ubicado en el ámbito la cuenca del río Pastaza, distrito de Andoas, provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto.
Fecha
2020-11-30Autor
Eneque Puicón, Armando Martín
León Antunez, Milena Jenny
Padilla Santoyo, Marco Antonio
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
Resumen
Evalúa la calidad ambiental del sitio S376 para su identificación como sitio impactado por actividades de hidrocarburos y su estimación del nivel de riesgo a la salud y al ambiente, en el marco de la Ley N.° 30321 y su Reglamento. Evalúa la presencia de contaminantes en los componentes ambientales: suelo, agua superficial y sedimento, así como las comunidades hidrobiológicas. Establece las fuentes primarias o secundarias del sitio. Estima el nivel de riesgo a la salud y al ambiente. Concluye que el sitio S0376 no constituye un sitio impactado como consecuencia de las actividades de hidrocarburos. Las 6 muestras de agua superficial tomadas dentro del área evaluada del sitio, no registran valores que superan los Estándares de Calidad Ambiental para agua, categoría 4: Conservación del ambiente acuático, subcategoría E2: Ríos de la selva (Decreto Supremo N.° 004-2017-MINAM) en los parámetros aceites y grasas, antraceno, benzo(a) pireno, fluoranteno, hidrocarburos totales de petróleo y benceno. Las 6 muestras de sedimento tomadas dentro del área evaluada del sitio, no registran valores que superan los valores indicados en el Protocolo de detección ecológico del Manual de usuario del Atlántico RBCA (Risk – Based Corrective Action) para el parámetro Hidrocarburos Totales de Petróleo y para metales según las normas referenciales para sedimento Guía de Calidad Ambiental de Canadá. Guía de calidad de Sedimento para protección de vida acuática. Las 9 muestras de suelo tomadas dentro del área evaluada del sitio, no registra valores que superan los Estándares de Calidad Ambiental para Suelo de uso agrícola e industrial (Decreto Supremo N.° 011-2017-MINAM). De acuerdo con los resultados al no encontrarse peligros asociados a la presencia de sustancias contaminantes, no corresponde evaluar el nivel de riesgo según lo establecido en la Metodología para la Estimación del Nivel de Riesgo a la Salud y al Ambiente de Sitios Impactados aprobada por Resolución de Consejo Directivo N.° 028-2017-OEFA/CD.
Evalúa la calidad ambiental del sitio S376 para su identificación como sitio impactado por actividades de hidrocarburos y su estimación del nivel de riesgo a la salud y al ambiente, en el marco de la Ley N.° 30321 y su Reglamento. Evalúa la presencia de contaminantes en los componentes ambientales: suelo, agua superficial y sedimento, así como las comunidades hidrobiológicas. Establece las fuentes primarias o secundarias del sitio. Estima el nivel de riesgo a la salud y al ambiente. Concluye que el sitio S0376 no constituye un sitio impactado como consecuencia de las actividades de hidrocarburos. Las 6 muestras de agua superficial tomadas dentro del área evaluada del sitio, no registran valores que superan los Estándares de Calidad Ambiental para agua, categoría 4: Conservación del ambiente acuático, subcategoría E2: Ríos de la selva (Decreto Supremo N.° 004-2017-MINAM) en los parámetros aceites y grasas, antraceno, benzo(a) pireno, fluoranteno, hidrocarburos totales de petróleo y benceno. Las 6 muestras de sedimento tomadas dentro del área evaluada del sitio, no registran valores que superan los valores indicados en el Protocolo de detección ecológico del Manual de usuario del Atlántico RBCA (Risk – Based Corrective Action) para el parámetro Hidrocarburos Totales de Petróleo y para metales según las normas referenciales para sedimento Guía de Calidad Ambiental de Canadá. Guía de calidad de Sedimento para protección de vida acuática. Las 9 muestras de suelo tomadas dentro del área evaluada del sitio, no registra valores que superan los Estándares de Calidad Ambiental para Suelo de uso agrícola e industrial (Decreto Supremo N.° 011-2017-MINAM). De acuerdo con los resultados al no encontrarse peligros asociados a la presencia de sustancias contaminantes, no corresponde evaluar el nivel de riesgo según lo establecido en la Metodología para la Estimación del Nivel de Riesgo a la Salud y al Ambiente de Sitios Impactados aprobada por Resolución de Consejo Directivo N.° 028-2017-OEFA/CD.
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