Publicación:
Resolución N° 463-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

dc.contributor.authorRamírez Arroyo, Rafael Mauricio
dc.contributor.authorPegorari Rodríguez, Carla Lorena
dc.contributor.authorYui Punin, Marcos Martín
dc.contributor.authorSala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera
dc.contributor.editorOrganismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental
dc.date.accessioned2025-10-10T00:08:17Z
dc.date.available2025-10-10T00:08:17Z
dc.date.issued2018-12-14
dc.description.abstractLa Resolución N° 463-2018-OEFA/TFA-SMEPIM del Tribunal de Fiscalización Ambiental confirma la responsabilidad administrativa de Import Export Pesca y Agricultura S.R.L. por no realizar monitoreos ambientales de efluentes y ruido en abril de 2015, tal como lo exigía su Estudio de Impacto Ambiental. I. Decisión del Tribunal: 1. Confirmó la responsabilidad de Import Export: Aclaró que la transferencia de la licencia de operación se hizo efectiva en 2017, posterior a las infracciones, por lo que la responsabilidad recaía en Import Export -- 2. Rechazó la eximente de responsabilidad por subsanación: Estableció que la conducta de realizar monitoreos tiene naturaleza instantánea, y que monitoreos posteriores no subsanan la infracción original, ya que los datos de un momento determinado no pueden ser reemplazados -- 3. Desestimó la vulneración de principios: Consideró que la DFAI actuó dentro de su competencia y que la decisión estuvo debidamente motivada y fundamentada -- 4. Desestimó la vulneración del principio de razonabilidad: No se impuso ninguna sanción en esta instancia, por lo que el argumento era improcedente. II. Precedente de Observancia Obligatoria: El considerando 55 de la resolución se declaró precedente administrativo de observancia obligatoria, estableciendo que la conducta de realizar monitoreos ambientales es de naturaleza instantánea y no es subsanable, lo que impide la aplicación de la eximente de responsabilidad por subsanación voluntaria.
dc.formatapplication/pdf
dc.identifier.citationSala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera. Tribunal de Fiscalización Ambiental (2014). Resolución N° 433-2018-OEFA/TFA-SMEPIM. OEFA.
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12788/2298
dc.language.isospa
dc.publisherOrganismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental
dc.publisher.countryPE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
dc.sourceOrganismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA
dc.subjectIndustria pesquera
dc.subjectProtección ambiental
dc.subjectSupervisión ambiental
dc.subjectImport Export Pesca y Agricultura S.R.L.
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
dc.titleResolución N° 463-2018-OEFA/TFA-SMEPIM
dc.typehttp://purl.org/coar/resource_type/1YTN-RJZE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersion
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