Informe de campo de la emergencia ambiental en la Unidad Minera Selene de la empresa Suyamarca S.A.C.
Resumen
Resumen
Informa sobre los resultados del monitoreo de campo realizado el 5 y 6 de junio del presente unidad Selene de la empresa Minera Suyamarca S.A., ubicado en el distrito de Cotaruse, provincia de Ayrriaraes, departamento de Apurímac. Debido al derrame de relave que comprende el tramo desde la quebrada Queullacocha hasta aproximadamente un kilómetro aguas abajo del río Sullca, con respecto a la confluencia con la quebrada antes mencionada. La cantidad derramada de relave fue 1 tonelada, según versión de Suyamarca S.A. C. Menciona entre otras conclusiones que la conductividad en las muestras de agua tomadas, tanto en la quebrada Queullacocha como en el río Sulca, se encuentra por debajo del valor establecido por .x el Estándar de Calidad Ambiental para Agua, establecido por Decreto Supremo N° 002- l 2008-MINAM, Categoría 3 (Riego de vegetales y bebidas para animales). Mientras que el oxígeno disuelto en las muestras de agua se encuentran por encima del valor establecido por el Estándar de Calidad Ambiental para Agua establecido por Decreto Supremo N° 002-2008-MINAM, Categoría 3 (Riego de vegetales y bebidas para animales).
Informa sobre los resultados del monitoreo de campo realizado el 5 y 6 de junio del presente unidad Selene de la empresa Minera Suyamarca S.A., ubicado en el distrito de Cotaruse, provincia de Ayrriaraes, departamento de Apurímac. Debido al derrame de relave que comprende el tramo desde la quebrada Queullacocha hasta aproximadamente un kilómetro aguas abajo del río Sullca, con respecto a la confluencia con la quebrada antes mencionada. La cantidad derramada de relave fue 1 tonelada, según versión de Suyamarca S.A. C. Menciona entre otras conclusiones que la conductividad en las muestras de agua tomadas, tanto en la quebrada Queullacocha como en el río Sulca, se encuentra por debajo del valor establecido por .x el Estándar de Calidad Ambiental para Agua, establecido por Decreto Supremo N° 002- l 2008-MINAM, Categoría 3 (Riego de vegetales y bebidas para animales). Mientras que el oxígeno disuelto en las muestras de agua se encuentran por encima del valor establecido por el Estándar de Calidad Ambiental para Agua establecido por Decreto Supremo N° 002-2008-MINAM, Categoría 3 (Riego de vegetales y bebidas para animales).
Colecciones
El ítem tiene asociados los siguientes ficheros de licencia: